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Home Libertad y Riqueza

En defensa de las inmobiliarias

Iván Carrino by Iván Carrino
12 mayo, 2016
in Libertad y Riqueza
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En nuestro país está de moda atacar a  los intermediarios. Pero al no comprender la vital función que éstos cumplen, se pone en riesgo la confianza y el futuro crecimiento de la economía.

 

Sinceramente, me parece extraño tener que escribir sobre esto.

Después de todo, cuando hablamos de las inmobiliarias, no estamos hablando de traficantes de drogas, vendedores de armas prohibidas o delincuentes comunes que amenazan nuestras vidas y nuestros bienes.

Una inmobiliaria, como cualquier otro negocio comercial, está claramente amparada por el Artículo 14 de la Constitución Nacional que explica que “todos los habitantes de la Nación” gozan del derecho “de trabajar y ejercer toda industria lícita… de usar y disponer de su propiedad” y “de asociarse con fines útiles”.

Sin embargo, esos derechos que nuestra Ley Fundamental les garantiza a todos los argentinos, se ven nuevamente pisoteado por un grupo de lobistas y un fallo de la justicia de la ciudad de Buenos Aires.

Les resumo la historia.

El viernes de la semana pasada se conoció que la justicia porteña limitó lo que las inmobiliarias pueden cobrar en concepto de comisión por las operaciones de alquiler. El tope máximo establecido fue fijado en 4,15%, lo que equivale a aproximadamente un mes de alquiler. Antes del fallo, el monto representaba aproximadamente dos meses por cada contrato.

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La sentencia responde al reclamo iniciado por Gervasio Muñoz, miembro de la agrupación “Inquilinos Agrupados”, quien argumenta que lo que cobraban las inmobiliarias, estaba en violación de una ley de la ciudad que desde 2007 fija las comisiones en el 4,15% del contrato.

El enojo de Muñoz contra el sector llega a un punto tal, que afirmó que los establecimientos tenían que devolver lo que habían robado, como si cobrar una comisión fuera equivalente a un robo.

La justicia, sin embargo, le dio la razón e hizo prevalecer el tope máximo establecido por ley.

Resumido el caso, en lo que queda de la nota intentaré explicar por qué el fallo debe ser revertido cuanto antes y por qué la legislatura porteña debería derogar el artículo de la ley que fija un tope para las comisiones.

Lo primero que hay que entender es para qué sirve una inmobiliaria. Como cualquier otro negocio de intermediación, las inmobiliarias vienen al mercado a resolver un problema y una necesidad de las personas. De no existir este intermediario, los que quieren poner sus departamentos en alquiler deberían buscar interesados en alquilar de manera individual, lo que consumiría tiempo y recursos que seguramente tienen que dedicar a fines más productivos. Lo que la inmobiliaria hace, entonces, es poner en contacto a inquilinos y propietarios y reducirle a ambas partes la cantidad de tiempo que éstos deberían dedicar al tema del alquiler en otra circunstancia.

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Obviamente, a cambio de esto cobran un precio. Pero éste no es otra cosa que lo que los contratantes están dispuestos a pagar por tercerizar el esfuerzo de buscar una propiedad para vivir, o de buscar un potencial inquilino para la vivienda ofrecida en el caso del propietario.

Sin inmobiliarias, todo este proceso sería mucho más complicado. Y los precios, en términos de sacrificio personal, mucho mayores.

Una nota adicional sobre este punto debe hacerse en momentos en que internet facilita enormemente las comunicaciones entre inquilinos y propietarios. Si este desarrollo avanza, pierdan cuidado que las comisiones se irán reduciendo solas, o bien no lo harán, pero propietarios e inquilinos tendrán canales alternativos para generar transacciones.

Ahora bien, otro punto a destacar es que los controles de precios siempre han fracasado. Aplicados a las comisiones inmobiliarias, estos controles no harán otra cosa que reducir la oferta, llevando a la quiebra a los establecimientos comerciales menos eficientes y concentrando el mercado inmobiliario en unas pocas empresas con “espalda para aguantar”.

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Por último, en momentos en que lo más importante pasa por generar un clima favorable para que lleguen inversiones de todo el mundo, ninguna medida resulta más desfavorable que ésta. En definitiva, tanto el fallo como la ley en sí misma constituyen una abierta violación al derecho de propiedad y a la libertad económica, dos de las variables más relevantes para atraer la inversión a los países y generar desarrollo de largo plazo.

Defender a las inmobiliarias es defender la libertad económica y el derecho de propiedad de todos los involucrados.

Cargar contra éstas es negar esa libertad y, por tanto, negar lo que a lo largo de la historia constituyó el pilar fundamental del crecimiento económico y la derrota de la pobreza.

Un saludo,

Iván Carrino.

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Tags: controlinmobiliariaprecios
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